lunes, noviembre 4, 2024
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La Junta de Andalucía apunta que la vivienda que se prevé derribar en Conil carece de licencia

Está previsto que la segunda quincena de noviembre se lleve a cabo la demolición de una vivienda ejecutada sin licencia urbanística en el Carril de los Mirlos, en un ámbito de suelo rústico

La Junta de Andalucía ha emitido un comunicado en el que asegura que durante la segunda quincena de noviembre se ha previsto llevar a cabo la demolición de una vivienda ejecutada sin licencia urbanística en el Carril de los Mirlos, en el término municipal de Conil, en un ámbito de suelo rústico.

Según el comunicado, «sobre ella recae una orden de demolición dictada en Sentencia penal firme (sentencia n.º 475/2015 recaída en el Procedimiento Abreviado 247/2015 por el Juzgado de lo Penal nº 5 de Cádiz). Dicha Sentencia condena al propietario de la edificación ilegal por un delito sobre la ordenación del territorio y urbanismo». Para la Junta, «en los hechos probados se constata que su propietario ha ejecutado el inmueble careciendo de licencia y de cualquier otro permiso municipal y que la vivienda no es susceptible de legalización y se levantaba sobre suelo no urbanizable de especial protección de interés agrícola».

La actuación, que se ejecutará por la Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento «es consecuencia de un mandato efectuado por el Juzgado de lo Penal n.º 5 de Cádiz, que ante el incumplimiento del penado y la falta de colaboración del Ayuntamiento de Conil, se ha dirigido a la Junta de Andalucía ordenando la inmediata demolición del inmueble».

En cumplimiento del mandamiento de la autoridad judicial, «la Inspección autonómica giró visita de inspección a la parcela verificando que la edificación presentaba signos de encontrarse habitada y ubicada en zona de edificaciones con podían inducir a la formación de un núcleo de población. En dicho acto se practicó Diligencia Informativa que se colocó en la puerta de la edificación informando a sus propietarios de la visita, consecuencia del mandamiento judicial».

También relata el comunicado que «el propietario se ha dirigido en dos ocasiones a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda para trasladar que había recurrido la orden penal de demolición y que habría presentado recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional; si bien, tras consulta a la autoridad judicial, ésta se ha dirigido a la inspección autonómica reiterando la orden de continuar con los trabajos de demolición».

Sin embargo, al tratarse del cumplimiento de una sentencia dictada por la jurisdiccional penal, «cualquier incidente planteado en relación con su ejecución ha de ser resuelto por la autoridad judicial, a quien corresponde la competencia para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Esta Administración autonómica, en consecuencia, carece de cualquier poder de disposición sobre la orden judicial de demolición».

Por último, el ejecutivo andaluz «ratifica su compromiso con la colaboración institucional con los Órganos Judiciales y el Ministerio Fiscal en el ejercicio de sus respectivas potestades y funciones».

Foto: Onda Conil

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