lunes, marzo 9, 2026
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El TSJA anula una multa de 115.000 euros por parcelación ilegal en Vejer

La sentencia limita las competencias sancionadoras de la Junta de Andalucía y podría sentar un precedente para revisar casos similares anteriores a la Ley LISTA

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha anulado una multa de más de 115.000 euros impuesta por la Junta a un propietario de El Palmar, en Vejer, por una supuesta parcelación ilegal en suelo rústico. La sentencia considera que la administración autonómica actuó sin tener competencias claras en materia sancionadora urbanística.

El fallo, fechado el 17 de julio y dictado por la Sala de lo Contencioso con sede en Sevilla, sostiene que la Junta no puede asumir funciones que corresponden exclusivamente a los ayuntamientos sin una base legal expresa. En este caso, el tribunal considera que no existía normativa que habilitara a la administración autonómica para intervenir en sustitución del consistorio.

Desde el despacho que ha llevado la defensa del afectado, se interpreta la resolución como un precedente importante que podría abrir la puerta a la revisión de sanciones similares en toda Andalucía.

Por su parte, la Consejería de Fomento ha salido al paso para matizar el alcance de la sentencia. Señala que esta resolución solo afecta a expedientes anteriores a la entrada en vigor de la nueva Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, conocida como LISTA, aprobada en diciembre de 2021.

La Junta subraya que la sentencia no anula ni las órdenes de demolición ni los precintos actuales, y recuerda que en 2025 el 90% de las resoluciones judiciales han validado la legalidad de sus actuaciones urbanísticas.

A pesar de ello, la decisión del TSJA podría tener implicaciones para expedientes pasados, especialmente en municipios donde la Junta actuó ante la inacción local.

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